Si para la realización del juego promocional o de la rifa se pretende utilizar los resultados del plan de premios de la LOTERÍA DE BOGOTÁ, se deberán cumplir los requisitos señalados en la Resolución 034 del 18 de Marzo de 2013.
El valor de la utilización de resultados debe ser consignado en la cuenta de ahorros No. 009900210304 del Banco Davivienda, a nombre la LOTERÍA DE BOGOTÁ.