Exclusión juegos promocionales

Están excluidos del ámbito de la Ley, los siguientes juegos de juegos de suerte y azar:

  • Los de carácter tradicional, familiar y escolar, que no sean objeto de explotación lucrativa por los jugadores o por terceros.
  • Las competiciones de puro pasatiempo o recreo.
  • Los juegos promocionales que realicen los operadores de juegos de suerte y azar.
  • Los juegos promocionales de las Beneficencias Departamentales y de las Sociedades de Capitalización que sólo podrá ser realizado por estas entidades.

Publicado: 27 octubre, 2017
Actualizado: 17 octubre, 2023

Línea 123 bogota.gov.co Bogotá te escucha Denuncias de corrupción EfectyPunto de PagoRed Latinoamericana de Cumplimiento